jueves, 23 de diciembre de 2010

VIDELA PRESO… LA JUSTICIA TARDE… PERO LLEGA!!! (A veces)

Videla

Perpetua y cárcel común para Videla y Menéndez por el fusilamiento de 31 presos políticos de la UP1

Así es estimados lectores, tenemos que aprender que todo vuelve en la vida,; Nadie se va de este mundo sin pagar los daños cometidos en la vida. Muchos definen el transitar de este modo de vivir como “Un Círculo” tarde o temprano vuelve a cerrarse. Hoy, en horas de la tarde, el Tribunal Oral Federal 1 de Córdoba condenó a la pena de prisión perpetua e inhabilitación absoluta perpetua a los represores Jorge Rafael Videla y Luciano Benjamín Menéndez, quienes fueron juzgados junto con otras 28 personas por los tormentos y asesinatos cometidos en la Unidad Penitenciaria Nº 1 del barrio de San Martín, en la jurisdicción del III Cuerpo del Ejército entre abril y septiembre de 1976. El tribunal ordenó el "inmediato alojamiento" de Videla en cárcel común, mientras que solicitó una revisión médica a Menéndez para "determinar si se encuentra en condiciones" de cumplir la condena en una cárcel provincial. En el mismo juicio fueron condenados a la misma pena los militares Vicente Meli, Carlos Poncet, Raúl Fierro, Jorge González Navarro, Gustavo Adolfo Alsina, el ex carapintada Enrique Pedro Mones Ruiz y el ex cabo Miguel Ángel Pérez. Entre los policías, recibieron perpetua Luis Alberto Lucero (D2), Calixto Luis Flores, Yamil Jabour, Marcelo Luna y Juan Eduardo Molina. La sentencia completa. A la misma lo único que le falto es condenar a todos como “TRAIDORES DE LA PATRIA”.

Hermes Rodríguez, condenado ya a perpetua en el primer juicio por delitos de lesa humanidad cometidos en la provincia, fue sentenciado ahora a otros 12 años de prisión (la Fiscalía había solicitado 17), pero en una cárcel común "de Mendoza", por lo cual pierde el beneficio del arresto domiciliario.

El gendarme José Eugenio San Julián fue condenado a 6 años de cárcel (la Fiscalía había pedido 12 años). Juan Huber, a 14 años de cárcel (se habían solicitado 17) y Víctor Pino Cano a 12 años (se había solicitado perpetua).

Carlos Hibar Pérez fue condenado a 10 años de prisión. En tanto, la única mujer acusada, la policía Graciela "Cuca" Antón, fue sentenciada a 7 años de cárcel, a pesar de que la Fiscalía había pedido 15. Fernando "el Tuerto" Rocha fue condenado a 8 años de prisión (contra un pedido de 16 años).

La lista completa de las condenas es la siguiente:

Jorge Rafael Videla– Prisión Perpetua e inhabilitación perpetua en cárcel común

Luciano Benjamín Menéndez – Prisión Perpetua e inhabilitación perpetua y una junta médica que determine si puede volver a la cárcel

Vicente Meli - Prisión Perpetua e inhabilitación perpetua en cárcel común

Mauricio Carlos Poncet - Prisión Perpetúa e inhabilitación perpetúa en cárcel común

Raúl Eduardo Fierro - Prisión Perpetua e inhabilitación perpetua y una junta médica que determine si puede estar en la cárcel

Jorge González Navarro Prisión Perpetua e inhabilitación perpetua en cárcel común

Hermes Oscar Rodríguez – 12 años en cárcel común

José Eugenio San Julián – 6 años y una junta médica que determine si puede estar en la cárcel

Emilio Juan Huber – 14 años en cárcel común

Víctor Pino Cano – 12 años en y una junta médica que determine si puede estar en la cárcel

Gustavo Adolfo Alsina - Prisión Perpetua e inhabilitación perpetua en cárcel común

Enrique Pedro Mones Ruiz - Gustavo Adolfo Alsina - Prisión Perpetua e inhabilitación perpetua en cárcel común

Miguel Ángel Pérez - Prisión Perpetua e inhabilitación perpetua en cárcel común

Carlos Hibar Pérez – 10 años en cárcel común

Carlos Alfredo Yanicelli - Prisión Perpetua e inhabilitación perpetua en cárcel común

Miguel Ángel Gómez - Prisión Perpetua e inhabilitación perpetua en cárcel común

Alberto Luís Lucero- Prisión Perpetúa e inhabilitación perpetúa en cárcel común

Calixto Luís Flores - Prisión Perpetúa e inhabilitación perpetúa en cárcel común

Yamil Jabour - Prisión Perpetúa e inhabilitación perpetúa en cárcel común

Marcelo Luna - Prisión Perpetúa e inhabilitación perpetúa en cárcel común

Juan Eduardo Molina- Prisión Perpetúa e inhabilitación perpetúa en cárcel común

Mirta Graciela Antón – 7 años en cárcel común

Fernando Martín Rocha – 8 años en cárcel común

Osvaldo César Quiroga - absolución

Francisco Pablo D’aloia - absolución

Ricardo Cayetano Rocha - absolución

Luís Alberto Rodríguez - absolución

José Antonio Paredes - absolución

Luís David Merlo - absolución

Gustavo Rodolfo Salgado - absolución

Solo esperamos q estas condenas sean cumplidas sin los beneficios que suelen gozar los presos comunes (la famosa ley del 2 x 1 y otras mas q solo reducen las penas a unos cuantos años).

viernes, 10 de diciembre de 2010

PATENTES ADULTERADAS (hey… eso no es un delito!?)

Estimados lectores: Cuantas veces no hemos estado circulando por las arterias de la Tacita de Plata viendo cantidad de infracciones? y eso no es nada… lo peor de todo son los “Policías de Tránsito” que hacen la vista gorda ante tales acontecimientos! Uds. al igual que nosotros se preguntarán ¿porque? Pero la realidad… todavía no encontramos la respuesta…

Pero siguiendo con el título de esta nota, la llama avisto una serie de irregularidades en la matriculación de los vehículos que transitan en nuestras calles… Es realmente alarmante la gran cantidad de automotores que poseen las “chapas patentes” adulteradas (de la manera que fuere) ya sea tapadas pintadas de blanco de negro, patentes que no son las reglamentarias (si es verdad, quedan muy facheras pero NO SON LAS QUE MANDA LA LEY!!!) y nadie dice o hace nada!!! en los ciclomotores cuantas veces no vimos las matrículas al revés o inclinadas?

Alguna vez un programa de TV de Bs. As. realizó una nota al respecto de los colectivos que tenían la patente tapada, pero la situación de miles de particulares es peor. Esto se resume a una simple conclusión: Si tienes la patente distorsionada de cualquier manera, ya sea con una cintita roja, con una calcomanía, con marcador, con pintura, con la lanza del remolque, sin luz, dada vuelta, etc. etc. Quiere decir que te estas preparando para delinquir, para pasar el límite de velocidad , para cruzar luces en rojo o para realizar un Asalto, para hacer picadas. Esa intención es premeditada; y como si eso fuera poco y al mismo precio… ESTAS VIOLANDO LA LEY DE TRANSITO NACIONAL Y PROVINCIAL y como decimos siempre: “Las leyes están hechas para cumplirlas!!! les guste o no les guste!!! Edúquense y eduquen a sus hijos… den el ejemplo!!! no es muy complicado…. para circular hay que tener un vehículo en regla,, con papeles al día con el uso de sus medidas de seguridad según el caso…

Distinguido Director de Tránsito… a ver si se pone en campaña de reeducar a sus subordinados, camine las calles de su ciudad y vea que hacen sus empleados!!! Para eso les pagamos, para que nos cuiden!!! ya es hora de que comience a hacerlo!!!

Extracto y citación de los artículos e incisos de la mentada Ley 24.449 (pa’ algunos despistaos ciudadanos los que no lo saben; es la Ley de Transito)

Ley Nacional de Tránsito 24.449/95 (La Ley Provincial de Jujuy 4.870 adhiere a la ley Nacional)

ARTICULO 31.-SISTEMA DE ILUMINACION. Los automotores para personas y carga deben tener los siguientes sistemas y elementos de iluminación:

e) Luz para la patente trasera;

ARTICULO 47.-USO DE LAS LUCES. En la vía pública los vehículos deben ajustarse a lo dispuesto en los ARTICULOS 31 y 32 y encender sus luces cuando la luz natural sea insuficiente o las condiciones de visibilidad o del tránsito lo reclamen, observando las siguientes reglas:

c) Luces de posición: deben permanecer encendidas junto con la alta o baja, la de la chapa-patente y las adicionales en su caso;

ARTICULO 63.-FRANQUICIAS ESPECIALES. Los siguientes beneficiarios gozarán de las franquicias que la reglamentación les otorga a cada uno, en virtud de sus necesidades, en cuyo caso deben llevar adelante y atrás del vehículo que utilicen, en forma visible, el distintivo reglamentario, sin perjuicio de la placa patente correspondiente:

a) Los lisiados, conductores o no;
b) Los diplomáticos extranjeros acreditados en el país;
c) Los profesionales en prestación de un servicio (público o privado) de carácter urgente y bien común;
d) Los automotores antiguos de colección y prototipos experimentales que no reúnan las condiciones de seguridad requeridas para vehículos, pueden solicitar de la autoridad local, las franquicias que los exceptúe de ciertos requisitos para circular en los lugares, ocasiones y lapsos determinados;
e) Los chasis o vehículos incompletos en traslado para su complementación gozan de autorización general, con el itinerario que les fije la autoridad;
f) Los acoplados especiales para traslado de material deportivo no comercial;
g) Los vehículos para transporte postal y de valores bancarios
Queda prohibida toda otra forma de franquicia en esta materia y el libre tránsito o estacionamiento.

Una imagen vale mas que mil palabras!!! Guiño

Colectivo - Union Bus - 26_11_10 Es una pinturita la patente, heee???

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Patentes Adulteradas - (Zoom) - 15_11_10

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